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¿Cuáles son las infracciones de tráfico castigadas con cárcel?

¿Cuáles son las infracciones de tráfico castigadas con cárcel?

Conducir tiene muchas cosas buenas, nos lleva al trabajo, nos permite recoger a los niños del colegio, podemos traer la compra del supermercado, en definitiva, nos ofrece libertad de movimientos. Sin embargo, los coches también tienen cosas malas, desde las averías hasta las multas todo son problemas, aunque lo que se lleva la palma son las infracciones de tráfico castigadas con cárcel.

¿Quieres saber qué te sucede para que acabes entre rejas? En este artículo te explicamos todas las multas e infracciones más peligrosas para los conductores ya que están penalizadas por la Ley como delito.

Infracciones de tráfico castigadas con cárcel

Antes de nada, debemos distinguir entre infracciones y multas que conllevan penas de prisión. Luego está si en función del delito, del abogado y cómo trates con la Ley puedas acabar en prisión o no, más años de lo debido.

La infracción más común

La DGT no se olvida de recordarnos que la velocidad es el factor que provoca la muerte de unas 300 personas al año y que circular a una velocidad adecuada podría evitar un 25 % de los  fallecidos en accidente de tráfico. Por ello, el peso de la Ley recae en las personas que exceden de sobra los límites de velocidad.

Evidentemente, no nos referimos a sobrepasar la velocidad en 5 o 10 kilómetros más, sino que hablamos de ir hasta  un 50 % más rápido o duplicarla. Por ejemplo, en el caso de circular por autopista donde el límite es de 120 kilómetros por hora si superamos la barrera de los 200 kilómetros por hora tendremos una pena de prisión de tres a seis meses.

Esto se debe a que el Código Penal establece estas penas para vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años en el caso de que superen en 80 kilómetros por hora el límite de velocidad, en este caso de 120. Esto implica que en autovías y autopistas si se superamos los 200 kilómetros por hora y nos para la Guardia Civil seremos puestos a disposición judicial de inmediato, además de retirarnos el carnet.

El resto de las infracciones de velocidad implican sanciones que varían según sea la infracción grave o muy grave. Además, también conlleva la pérdida de 2 o 6 puntos del permiso de conducir.

En caso de sanción, a partir de la notificación, el plazo es de 20 días naturales para poder hacer cualquier consulta o alegación si no estamos de acuerdo. Por el contario, si estamos seguros de que hemos cometido una ilegalidad tenemos la opción de pronto pago y abonar solo el 50% de la multa ya que la otra mitad tiene descuento por pago rápido. Eso sí, antes de ello no olvides consultar las tasas de tráfico vigentes.

Las multas se dividen de la siguiente forma:

  • Infracción leve; hasta 100 euros.
  • Infracción grave; 200 euros.
  • Infracción muy grave; 500 euros.

Tasas de alcohol superiores a las reglamentarias

El alcohol al igual que la velocidad es una de las infracciones de tráfico castigadas con cárcel. Pero ojo, beber no implica riesgo si no superamos una tasa de alcohol en aire espirado de más de 0,60 ml/litro o bien si tenemos una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 g/ litro.

El problema de las infracciones cometidas cuando bebemos es que depende del agente que nos multa ya que el Código Penal no distingue entre las mismas por lo que la toma de decisiones queda en manos del agente que es el responsable de que vayamos o no a la cárcel según, claro, la cantidad que hayamos bebido.

Nuestra recomendación sin duda es como la de aquel famoso cantante negro llamado Stevie Wonder que nos decía en una campaña de tráfico:

«si bebes no conduzcas«

Conducción temeraria o no obedecer las órdenes de un agente

El Código Penal establece en su artículo 380 lo siguiente:

«El que, hallándose autorizado para el tráfico de las sustancias o productos a que se refiere el artículo anterior, los despache o suministre sin cumplir con las formalidades previstas en las Leyes y Reglamentos respectivos, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación para la profesión u oficio de seis meses a dos años«.

Es decir, prisión de 6 meses a 2 años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 6 años por conducción temeraria.

El artículo 383 del Código Penal establece que una negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas puede conllevar penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Artículo 384 del CP (Código Penal)

Si seguimos leyendo el Código Penal llegamos al artículo 384 que en el primer párrafo establece que la conducción en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente llevará penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 meses a 2 años o trabajos en beneficio de la comunidad de 31  a 90 días.

Finalmente, en el mismo artículo 384 en el segundo párrafo nos habla de la privación cautelar o definitiva del permiso o licencia por decisión judicial y es que en el caso de conducir si un juez nos lo impide por Ley podemos tener penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 meses a 2 años o trabajos en beneficio de la comunidad de 31  a 90 días.

En el caso de que circulemos sin tener aprobado el permiso o la licencia de conducir la pena es la misma que la de privación cautelar o definitiva del permiso o licencia por decisión judicial.

¡Ya sabes, si no quieres acabar en la cárcel, no conduzcas borracho, respeta a los demás conductores así como los límites de velocidad, no te drogues y seguro que no tendrás ningún problema! Y si quieres seguir informado sobre el mundo del motor, no dejes de visitar nuestro blog del automóvil.

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